Objeto. La Fundación otorgará
a sus afiliados créditos para la obtención de
vehículos nuevos o usados que puedan ser asegurables,
destinados al transporte personal o familiar del solicitante.
Dichos vehículos, deben estar en buen estado de uso
y funcionamiento, en el período que el préstamo
esté vigente. La Fundación podrá también
otorgar estos créditos cuando el solicitante requiera
liberar la reserva de dominio firmada con otra empresa o institución.
Requisitos. Para la obtención de este
tipo de crédito se requiere:
- Llenar la solicitud correspondiente.
- Dos fotocopias legibles de la cédula
de identidad del solicitante, si no coincide presentar documento
demostrativo del estado civil actual.
- Dos fotocopias legibles de la cédula
de identidad del cónyuge.
- Fotocopia del poder cuando el afiliado
actue por intermedio de apoderado.
- Fotocopias de los últimos tres
recibos de pago en la UPEL.
Una vez aprobado el crédito.
Para compra de vehículo nuevo.
- Fotocopia de la factura Proforma.
- Fotocopia del certificado de origen.
- Constancia de instalación de los
sistemas de seguridad.
- La reserva de dominio debe ser a nombre
de la Fundación Fondo de Jubilaciones y Pensiones
del Personal la UPEL.
- Depositar gastos administrativos de acuerdo
a lo establecido por la Junta Directiva de la Fundación.
- El otorgamiento del crédito implica
la contratación del seguro con la compañía
aseguradora que designe la Fundación.
- Solvencia con la Fundación Fondo
de Jubilaciones y Pensiones del Personal de la UPEL emitida
por el Departamento de Cobranzas.
- Cancelar a la Fundación los gastos
administrativos correspondientes antes de la firma del documento.
Para compra de vehículo usado.
- Titulo original.
- Revisión de tránsito (vigente).
del INTTT.
- Cédula de identidad del vendedor
(si es casado, además la de su cónyuge).
- Carta del vendedor ofertando el vehiculo
(colocar precio de la venta).
- Fotocopia de la póliza de seguro
si la posee.
- En caso de no poseer seguro, será
contratado con la compañía aseguradora que
designe la Fundación.
- Depositar gastos administrativos de acuerdo
a lo establecido por la Junta Directiva de la Fundación.
- Presentar liberación de reserva
de dominio (si aplica).
- Solvencia con la Fundación Fondo
de Jubilaciones y Pensiones del Personal de la UPEL emitida
por el Departamento de Cobranzas.
- Cancelar a la Fundación los gastos
administrativos correspondientes antes de la firma del documento.
El afiliado acepta, que si desea optar a un nuevo crédito
para adquisición de vehículo, además
de no presentar deudas por este concepto, deberá esperar,
transcurra un lapso de treinta(30) meses, desde el momento
de haber firmado el contrato suscrito con la Fundación.
Esta limitante queda sin efecto, en caso de haber un siniestro
y la compañía aseguradora en su evaluación
dictamina pérdida total del vehículo.
Pérdida Total. Los beneficiados con el Programa de
Créditos para Adquirir Vehículos que hayan sufrido
pérdida total del mismo, sea por robo, accidente, motín
o disturbios, amparados por los términos previstos
por la póliza de seguro de casco de vehículos,
emitida por la empresa autorizada por la Fundación
y cuya Reserva de Dominio continué bajo el nombre de
ésta última, tendrán derecho al otorgamiento
inmediato de un nuevo préstamo, previa cancelación
de la indemnización del siniestro por la compañía
aseguradora y aprobación de la solicitud del interesado
por parte de la Junta Directiva de la Fundación, sometiéndose
a las condiciones previstas en el Reglamento de Crédito.
No procederá la aprobación de nuevo crédito
por pérdida total, si en su informe la compañía
de seguros determina, que el prestatario ha:
- Incurrido en las infracciones establecidas
en el artículo 1110, numerales 1 al 13, ambos inclusive,
de la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre.
- Presentado más de una pérdida
total en el lapso de tres años. El proceso administrativo
para la tramitación de un nuevo crédito, tendrá
un(1) año como lapso de espera.
Pólizas de Vehículos. El o los beneficiarios
del crédito están en la obligación de
contratar con la compañía aseguradora que designe
la Fundación, las siguientes pólizas:
- Casco o pérdida total, que cubra
como mínimo la deuda contraída con la Fundación.
- Responsabilidad Civil (RCV) básica
y exceso de límite.
- Aire acondicionado y accesorios, si los
hubiere.
- Defensa penal.
- Otras que la Compañía de
Seguros considere convenientes.
El costo de las pólizas prevista en este articulo,
podrán ser financiadas por la Fundación, mientras
mantenga la Reserva de Dominio.
Garantía. Los préstamos de vehículos
est
arán garantizados con
prenda sin desplazamiento de posesión, cuando se trate
de vehículos usados; y cuando los vehículos
sean nuevos con Reserva de Dominio a favor de la Fundación.
Plazo de cancelación.
El tiempo máximo para el pago de este tipo de préstamo
es de sesenta(60) meses que iniciará a los 90 días
siguientes de la autenticación o protocolización
del documento.
El afiliado acepta,
que si desea optar a un nuevo crédito para adquisición
de vehículo, además de no presentar deudas por
este concepto, deberá esperar, transcurra un lapso
de treinta(30) meses, desde el momento de haber firmado el
contrato suscrito con la Fundación. Esta limitante
queda sin efecto, en caso de haber un siniestro y la compañía
aseguradora en su evaluación dictamina pérdida
total del vehículo.
SE
RECOMIENDA VERIFICAR
"RECAUDOS
LUEGO DE APROBADO" VER EN LA PLANILLA
ACTUALIZADO
MARZO 2010
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